1.ª Regla: Las palabras con las que se designan las distintas especies, variedades o clases de frutos y otros productos, como queses, vinos, telas, etc., deben escribirse con minúscula inicial por su condición de nombres comunes: aceituna picual, garnacha, uva moscatel, manzana reineta, pera limonera, queso feta, parmesano, albariño, moscatel, tempranillo, alpaca, nobuk.
2.ª Regla: Cuando el nombre del lugar de origen del producto aparece como núcleo del complemento especificativo que determina al sustantivo genérico, el topónimo conserva la mayúscula que le es característica como nombre propio de lugar: queso de Cabrales, torta del Casar, naranjas de Rabinal, vinagre de Módena, vino de Rioja, vino de Oporto, tela de Vichy.
3.ª Regla: Cuando el nombre propio del lugar en el que se produce, del que es originario o con el que está de algún modo relacionado el objeto o producto en cuestión pasa a designarlo por sí solo, el nombre propio deviene en común y debe escribirse con minúscula inicial: tequila (<<agradiente mexicano>>; de Tequila, ciudad de México), bermudas (<<tipo de pantalón>>; de Bermudas, archipiélago en el océano Atlántico). En estos casos, si el nombre propio es foráneo, conviene adaptar al español la grafía del nombre común cuando sea necesario: gruyer (<<tipo de queso>>; de Gruyère, región suiza).
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