1.ª Regla: En las denominaciones que corresponden a las divisiones administrativas del territorio de un Estado, sean del nivel que sean, solo está justificado el uso de la mayúscula en el término específico, mientras que el sustantivo genérico debe escribirse con minúscula: el concejo de Mieres, el condado de York, la provincia de Tucumán, la diócesis de Cuernavaca.
2.ª Regla: Se escriben con mayúscula los sustantivos y adjetivos que forman parte de la denominación de cada una de las regiones militares de un país, que habitualmente llevan antepuesto un ordinal que las distingue: la II Región Militar, la Cuarta Región Aérea, la Región Militar Sur. En sus uso genéricos, estas expresiones se escriben, en cambio, con minúscula: Se prevé la creación de dos nuevas regiones militares.
3.ª Regla: En los nombres de barrios, distritos o urbanizaciones solo se escribe con mayúscula el término específico, no así el sustantivo genérico precedente: barrio de Lavapiés, barrio de las letras, distrito de Chamberí. Estos sustantivos genéricos se escriben con mayúscula inicial únicamente si forman parte de una expresión que así lo exige, como ocurre con los nombres de asociaciones u organizaciones: Asociación de Vecinos del Barrio de las Letras.
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